El escándalo de las emisiones de Volkswagen: Qué hacer
Hace dos semanas saltó a los medios el escándalo Volkswagen, tras el anuncio oficial de la marca de haber construido más de once millones de vehículos con un software para reducir aparentemente sus emisiones de manera fraudulenta. Los vehículos afectados no son sólo de la marca Volkswagen, sino también de sus filiales Audi, Skoda y Seat. Cientos de miles se han comercializado en España. A continuación ofrecemos unas breves nociones que pueden ser de utilidad si usted se encuentra entre los afectados.
El escándalo saltó el pasado viernes 18 de septiembre, cuando la Agencia de Protección Medioambiental Estadounidense (EPA) descubrió que Volkswagen había manipulado el funcionamiento de sus coches para disfrazar las cifras de emisiones contaminantes a la baja. En otras palabras, cuando los vehículos se sometían a prueba para medir sus emisiones no daban una medida real de lo que verdaderamente contaminaban (según la EPA, en circunstancias reales de conducción, los niveles de contaminantes son 40 veces mayores). A raíz de conocerse el fraude, el fabricante ha reconocido que trucó 11 millones de vehículos diésel vendidos en todo el mundo con un software que reducía las emisiones de óxidos de nitrógeno (NOx) cuando detectaba que estaba siendo sometido a una prueba de homologación. Emisiones que en realidad son hasta cuarenta veces superiores a las permitidas en la legislación estadounidense.
La clave del fraude está en el uso abusivo de un modo test que se emplea precisamente para probar el funcionamiento de los coches sobre rodillos estáticos en un taller. Este modo de prueba no es malo por sí mismo, y de hecho lo utilizan muchas compañías. El problema está cuando se utiliza indebidamente con el ánimo de engañar, como ha sucedido con Volkswagen quien lo manipuló para engañar a la EPA y a la agencia responsable de la calidad del aire en California. Ambos organismos realizan sus pruebas de emisiones colocando los coches sobre rodillos en un taller, y Volkswagen alteró el funcionamiento del modo test para que el motor trabajara en un régimen con emisiones controladas durante la prueba. En carretera este control deja de funcionar por completo.
Consecuencias en la Unión Europea
Aunque el escándalo se ha destapado en Estado Unidos está teniendo una gran repercusión en el Viejo Continente. En Europa la nueva normativa que regula especialmente los motores se conoce como Euro 6. Esta reglamentación afecta a la homologación de nuevos modelos y es obligatoria desde el día 1 de septiembre de 2015 para todos los vehículos matriculados en la UE (en lo que respecta a homologación de vehículos en circulación, es aplicable desde el 1 de septiembre de 2014).
La norma Euro 6 es muy drástica con los diésel. Reduce a la mitad las emisiones contaminantes de óxidos de nitrógeno respecto a la Euro 5 (80 miligramos por kilómetro). Si supera esa cifra, los Estados Miembros están obligados a retirar la homologación del vehículo de manera inmediata, lo que impediría su circulación legal. Sólo los vehículos destinados al transporte de mercancías y usos especiales tienen una moratoria especial de un año para adaptar sus emisiones. Por ello, la normativa comunitaria exigirá con toda seguridad que se revisen los vehículos afectados, y es probable que Volkswagen tenga que hacerse cargo de los gastos.
Por el momento, no está claro qué va a hacer Volkswagen ni qué medidas van a exigirle las autoridades de los distintos países donde se ha producido el fraude, más allá de las posibles multas por la vulneración de la legislación en materia de emisiones contaminantes. No obstante, sin ignorar las consecuencias que el fraude pueda tener a nivel colectivo sobre la empresa y sus directivos (sanciones, multas… puesto que la marca ha incurrido en un engaño a los consumidores y los gobiernos deben multarle por ello e instarle a asumir sus responsabilidades con los compradores de sus vehículos), al titular de un vehículo afectado le puede interesar saber cuáles son sus derechos individuales y qué puede esperar de Volkswagen.
Derechos de los afectados
Es posible que los conductores afectados reciban una llamada de Volkswagen para efectuar en sus talleres las modificaciones técnicas necesarias para reducir los niveles de contaminación de sus vehículos, de manera que cumplan los límites establecidos en la legislación europea. Evidentemente, esta actuación debería hacer sin coste alguno para el usuario y sin que implique pérdida de calidad en las prestaciones de los automóviles.
Si las reparaciones provocasen que los vehículos redujesen de forma sustancial su potencia o aumentasen considerablemente el consumo de gasóleo, los usuarios se podrían negar y exigir una indemnización al no cumplirse las características ofertadas cuando fueron adquiridos. Esta indemnización puede ir desde el pago de una cantidad por los perjuicios causados, a la devolución del precio del automóvil atendiendo a un criterio de proporcionalidad con su antigüedad y uso dado, o a su sustitución por uno nuevo. En este sentido, son varias las acciones que podrían sustentar una eventual demanda contra el fabricante.
La primera de ellas, y la más grave, sería la anulación del contrato apoyada en dos motivos que por separado serían igualmente válidos y eficaces para el propósito pretendido (la devolución del vehículo y la entrega del precio pagado en su momento, graduándolo con el uso que se le haya podido dar y los intereses que el dinero hubiera podido producir): (i) el dolo del fabricante, esto es, la intención de defraudar; (ii) el error en el consentimiento del comprador del coche, puesto que el objeto recibido es diferente del que se contrató. En ambos casos, el plazo para ejercitar la acción de anulabilidad es de 4 años.
Igualmente parece viable el ejercitar una acción en reclamación por los daños y perjuicios causados por el incumplimiento contractual, puesto que el vehículo no tiene las prestaciones prometidas en el contrato. Esta acción iría encaminada a mantener la titularidad del vehículo pero recibiendo una compensación económica por los daños causados (daños que van desde los gastos en que como consecuencia del fraude se vea obligado a incurrir el dueño del coche, a daños causados por una merma de las prestaciones del vehículo o los daños causados por una pérdida de imagen y prestigio de la marca, puesto que no debemos olvidar que muchos de los modelos afectados son modelos de gama media-alta).
Acciones colectivas
Finalmente, una de las cuestiones que más frecuentemente se plantean en este tipo de escándalos donde hay un gran número de afectados es la posibilidad de interponer demandas colectivas. Esto es, una única demanda de varios perjudicados contra el fabricante. En este sentido, debemos advertir que, aunque el fondo del asunto parezca claro puesto que la propia Volkswagen ha reconocido el fraude, no siempre las acciones colectivas son una buena solución. Para que un asunto prospere judicialmente, el asunto debe ser claro en cuanto al fondo pero también en cuanto a la forma. Y tratar de forma idéntica supuestos que pueden ser diferentes puede llevar a la desestimación de una demanda a priori aparentemente viable. Pensemos por ejemplo en dos personas que han comprado sendos vehículos afectados, una en el año 2010 y la otra en marzo de 2015. Pedir la devolución del dinero a cambio de la entrega del precio podría estimarse en el segundo caso, puesto que el uso dado al vehículo es menor. No obstante, idéntica solución podría no prosperar en el primero de los escenarios puesto que el vehículo adquirido en 2010 ha sido ya parcialmente amortizado
Lynn Trigueros Gómez
Abogada