CNMC multa a 6 constructoras por alterar licitaciones públicas durante 25 años

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto multas por un total de 203,6 millones de euros a seis de las principales constructoras españolas: Acciona Construcción (29,4 millones), Dragados (57,1), FCC Construcción (40,4), Ferrovial Construcción (38,5), Obrascón Huarte Lain (21,5) y Sacyr Construcción (16,7) por haber alterado durante 25 años miles de licitaciones públicas destinadas a la edificación y obra civil de infraestructuras. Más allá de la multa, Competencia las prohibirá contratar con la Administración. En este sentido, será la Junta Consultiva de Contratación quien determine su duración y alcance. Entre las administraciones públicas afectadas figuran las al ámbito de fomento, incluyendo al Ministerio de Fomento (actual Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana).

Modus operandi del grupo

Desde 1992, el grupo se reunía semanalmente para analizar las licitaciones de obra pública que se habían publicado, y ahí decidían los concursos en que iban a compartir una parte o la totalidad de los trabajos que compondrían las ofertas técnicas de las licitaciones. Los trabajos se encargaban conjuntamente por los miembros del grupo a empresas externas.

Las empresas no podían modificar los trabajos generados en conjunto para presentarlos en sus ofertas sin el conocimiento y la aprobación del resto de miembros del grupo. Además, las empresas intercambiaban información comercial sensible, como su intención de concurrir o no a licitaciones, o la intención de formar UTEs y los miembros que las integrarían.

Acuerdos en ofertas técnicas

En el caso de los contratos de edificación y obra civil de infraestructuras de interés general (hospitales, carreteras, aeropuertos, etc.) la oferta técnica era en muchas ocasiones la variable competitiva con mayor importancia. Esta llegaba a alcanzar el 70% de la puntuación del concurso, frente al 30% correspondiente a la puntuación económica. En algunos supuestos, las empresas llegaron a compartir el proyecto de licitación que iban a presentar a la Administración. Cabe recordar que el hecho de compartir las ofertas técnicas y los intercambios de información entre licitadores incumplen los deberes de proposición única y de secreto de las proposiciones y eliminan la independencia exigida a las empresas en los procedimientos de contratación pública.

Las empresas disolvieron el G7 en el año 2017 y manifestaron expresamente que estos acuerdos podían ser contrarios a las normas de defensa de la competencia.

Efectos de las conductas

Los acuerdos colusorios sancionados han derivado en una menor variedad y calidad de las ofertas técnicas presentadas por las empresas a la Administración contratante. También se produjeron efectos sobre las empresas competidoras, que concurrieron a los contratos públicos en desventaja competitiva frente a las empresas del grupo, ya que tuvieron que acometer un mayor coste para la preparación de las proposiciones técnicas. Además, al no disponer de la misma información que las empresas del grupo, se alteraron los términos de competencia leal entre todos los oferentes.

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