La reforma fiscal que viene

Estas son las principales novedades de la reforma fiscal que inicia ahora el trámite parlamentario para consultas con los sindicatos, las patronales y el resto de partidos políticos. Rentas inferiores a 50.000 euros y con cargas familiares salen favorecidas, mientras que ahora se grava la indemnización por despido, se elimina la exención de los dividendos o se reduce la cantidad deducible en planes de pensiones. De ella se ha dicho que, más que una reforma en profundidad, es una redistribución de la recaudación.

El 20 de junio el Consejo de Ministros aprobó un paquete de medidas fiscales que tendrá una importante repercusión en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y en el Impuesto sobre Sociedades. No obstante, su repercusión en el País Vasco será muy limitada y dependerá de lo que decidan las Juntas Generales de cada territorio histórico en virtud de las competencias en materia tributaria amparadas por el Concierto Económico. Las diputaciones ya han anunciado que no piensan modificar las normativas vigentes en Euskadi. En cualquier caso, estas son las principales novedades que se han introducido.

Tramos del IRPF

La reforma reduce los tramos del IRPF de siete a cinco y se llevará a cabo en dos fases (una en 2015 y otra en 2016). Cuando esté plenamente en vigor, en 2016, el tipo mínimo del IRPF estará en el 19% (frente al 24,75% actual) y el máximo en el 45% (frente al 52% actual), tras haber subido 7 puntos con el gravamen complementario que empezó a aplicarse en 2012.

El primer tramo, para rentas inferiores a 12.450 euros, bajará del 24,75% al 20% en 2015 y al 19% en 2016. El tipo que grava las rentas de entre 12.450 euros a 20.200 euros bajará al 25% en 2015 y al 24% en 2015.

Para las rentas de entre 20.200 y 35.200 euros, el tipo bajará al 31% el año que viene y al 30% en 2016, mientras que en las rentas de entre 35.200 y 60.000 euros la tarifa bajará al 39% en 2015 y al 37% en 2016. Finalmente, las rentas que superan los 60.000 euros tributarán a partir de 2015 a un tipo del 47%, que bajará al 45% en 2016.

Tributación de autónomos

Los trabajadores autónomos con una renta anual por debajo de 12.000 euros pasarán a tributar en el IRPF un 15% en vez del 21% desde julio, lo que supondrá un ahorro en los próximos seis meses de entre 250 y 300 euros para cada beneficiario, según cálculos de la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA). Además, se mantiene la figura de tipo reducido para pymes de nueva creación así como para la primera parte de la base imponible de estos autónomos en hasta 300.000 euros

Deducción por gastos

Límite de 2.000 euros para los autónomos en la deducción por gastos (comida, gasolina, taxis, teléfono
). Hasta ahora, el techo fiscal deducible por este concepto era del 5% de los rendimientos netos. A partir de ahora, cuanto mayores sean los rendimientos netos de los profesionales, menos podrán deducirse en este tipo de gastos.

Impuesto de Sociedades

El Impuesto de Sociedades se reducirá del 30% al 28% en 2015, y al 25% en 2016. Además, se introducirán deducciones e incentivos para que la tributación de las pymes se quede en el 20% (si no se aplican las reservas de capitalización y nivelación previstas el tipo se quedará en el 25%) y la de los emprendedores se mantiene en el 15%.

Además, la base imposible se amplía para acercar el tipo efectivo al nominal. Y se mantienen las deducciones relacionadas con la I+D+I y se crea una nueva reserva de capitalización.

IVA

Pese a las recomendaciones de la Comisión Europea al Gobierno de subir el IVA, el Ejecutivo ha decidido mantener el tipo general en el 21%. Si se modifica la tributación de algunos productos sanitarios, en cumplimiento de las exigencias de Bruselas, que pasan del 10% al 21%. Una subida que no afecta a las gafas, las prótesis, las muletas o las sillas de ruedas.

Indemnización por despido

Las indemnizaciones por despido tributan en el IRPF. El Gobierno ha establecido un mínimo exento de 2.000 euros por año trabajado. Los asalariados que hayan sido despedidos de forma improcedente tributan a partir de los 2.000 euros por año trabajado. Hasta ahora todas las indemnizaciones por despido estaban exentas al 100%.

Dividendos

Hasta la fecha los dividendos inferiores a 1.500 euros estaban exentos de pagar impuestos. Sin embargo, en la nueva reforma elaborada por el Ministerio de Hacienda desaparece esta opción y las rentas percibidas por los contribuyentes en concepto de retribución al accionistas empezarán a tributar desde el primer céntimo.

Ahorro

Los rendimientos del ahorro pasarán a tributar a un mínimo del 19% y un máximo del 23% cuando entre en vigor plenamente la reforma fiscal del Gobierno en el año 2016.

Los tipos que gravan el ahorro bajarán en todos los tramos, pero lo harán en dos fases, igual que los tramos del IRPF. Una parte entrará en vigor en 2015 y otra en 2016.

Así, el ahorro hasta 6.000 euros, que hasta este año tributaba al 21% pasará a tributar al 20% en 2015 y al 19% en 2016. Por su parte, el ahorro de entre 6.000 y 24.000 euros pasará del 25% de 2014 al 22% en 2015 y al 21% en 2016. El ahorro de entre 24.000 y 50.000 euros pasará de tributar al 27% a hacerlo al 22% en 2015 y al 21% en 2016, mientras que el que supere los 50.000 euros pasará del 27% de este año al 24% en 2015 y al 23% a partir del año 2016.

Planes Ahorro 5

Con el objetivo de promover el ahorro a medio y largo plazo, se ha anunciado la creación de un nuevo instrumento denominado Pan Ahorro 5. La nueva fórmula podrá adoptar la forma de cuenta bancaria o seguro, que garantice la retribución de, al menos, el 85% de la inversión y su gran ventaja radica en que los rendimientos que generen disfrutarán de la exención fiscal siempre y cuando la inversión se mantenga un mínimo de cinco años. Siguiendo esta premisa, el contribuyente que opte por este modelo ahorrará la tributación como renta del capital, que ahora va del 21% al 27%.

Planes de pensiones

La modificación introducida por el nuevo modelo radica en las aportaciones máximas a los planes de pensiones que pasan de los 10.000 euros a los 8.000. Será una aportación única, que no se verá incrementada por la edad del contribuyente como sucede ahora.

Dación en pago y preferentes

Se declara la exención de la plusvalía por el procedimiento de dación en pago de una vivienda. También habrá exenciones para las plusvalías que pudieran generar las acciones preferentes.

Comercio electrónico

Se modifica la regla de localización, de tal manera que se realizará la tributación en el lugar donde se realice la compra. Tanto para los servicios electrónicos, de telecomunicaciones o de radiotelevisión. Esto implicará que, si por ejemplo, se descarga un libro electrónico en España, el IVA se pagará en España y no donde tenga la sede social la empresa que vende el libro como sucedía hasta ahora.

Vivienda

El Gobierno ha eliminado la deducción en el IRPF por alquiler de vivienda para los nuevos contratos que se firmen a partir de 2015. De esta forma, el Gobierno en esta legislatura ha suprimido tanto la deducción por compra de vivienda para las adquisiciones posteriores desde el 1 de enero de 2013, como la deducción por alquiler, que quedará suprimida para los nuevos contratos que se suscriban a partir de 2015.

La reforma también reduce los beneficios fiscales de aquellos propietarios que ponen en alquiler una vivienda. Concretamente, la exención de tributación en las rentas obtenidas por los propietarios por rentas del alquiler de viviendas a partir del 1 de enero de 2015 pasa del 60% al 50%. Además, se elimina la exención total (del 100%) que se aplica en el caso de que los inquilinos sean menores de 30 años desde esa misma fecha.

Listado de morosos

El Gobierno ha anunciado la publicación de una lista de morosos con la Agencia Tributaria, para deudas superiores a un millón de euros.

I+D

Las empresas que inviertan en I+D más del 10% de sus ingresos netos contables ampliarán el porcentaje de deducción al 50%.

Ayudas a las familias

Creación de una ayuda de 1.200 euros a las familias numerosas, discapacitados y ascendientes con discapacidad a cargo. Estas ayudas son acumulables y se añaden a los impuestos negativos para madres trabajadoras, que se mantienen.

Lynn Trigueros

Abogada

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