“Los afectados por la deuda perpetua de Eroski deberían reclamar judicialmente antes de julio de este año”

Xabier-Bilbao

S an José Abogados es un bufete que se está convirtiendo en un auténtico quebradero de cabeza para las entidades bancarias que comercializaron las conocidas como AFS. Elegidos por BIZKAIKO MINDUAK, la Asociación de Afectados por las Preferentes de Eroski y Fagor de Bizkaia, lleva años informando de cómo recuperar sus ahorros tras la reciente sentencia del Tribunal Supremo de 12 de enero de 2015. Actualmente, llega más de dos millones de euros recuperados para sus clientes.

¿Cuánto tiempo llevan en San José Abogados con procedimientos sobre AFS?
Empezamos con los procedimientos judiciales en el año 2014 y desde entonces hemos llevado más de 200 procedimientos de personas afectadas por las aportaciones financieras de Fagor  y Eroski. Enero de 2015 fue un momento de inflexión puesto que el Tribunal Supremo dictó su conocida sentencia de 12 de enero de 2015 que ha allanado el camino a las reclamaciones de los afectados por la deuda perpetua.

¿Existe un denominador común a todos los afectados?
En todos los asuntos subyace la falta de información a la hora de comercializar este producto financiero de carácter complejo. No se informó a los afectados de su carácter perpetuo; no se dijo que la única posibilidad de recuperación del dinero al margen de la cooperativa era a través del mercado secundario; obviamente no se explicó el funcionamiento de éste y su carácter restringido y limitado; no se informó de la situación de endeudamiento por la que atravesaban las cooperativas; no se informó del riesgo de perder todo el capital invertido o parte de él… en definitiva, se habló de las bondades del producto (principalmente una rentabilidad más atractiva) pero no de los potenciales riesgos. Éste es el denominador común.
A partir de ahí, la casuística es inmensa. Hay afectados de elevada edad y sin formación, pero también hay personas jóvenes con formación universitaria. Hay perjudicados que tienen un perfil conservador que la mayor parte de su vida han tenido imposiciones a plazo fijo o productos garantizados; pero también existen personas con un claro perfil de riesgo… Los escenarios son múltiples y todos ellos son igualmente viables. Contrariamente a lo que se ha dicho muchas veces en los medios, la edad, la formación o el perfil inversor no son determinantes del éxito de las reclamaciones.

¿Qué opinan sobre la propuesta de canje ofrecida por Eroski?.
En el despacho somos abiertamente contrarios a aceptar la propuesta de canje. Y ello por varios motivos.
1.- Supone perder el 30% del dinero que se destinó a las aportaciones financieras subordinadas. Quien suscriba el canje perderá el 30% de su dinero, es decir, si destinó 10.000 euros a las AFS de Eroski, por firmar el canje, su dinero se verá reducido a 7.000 euros. Los otros 3.000 euros se los habrá quedado Eroski.
2.- Supone recibir sólo el 15% del capital que se destinó a las aportaciones financieras subordinadas. Es decir, si el cliente destinó 10.000 euros, sólo recibirá 1.500 euros.
3.- Supone recibir el 55% restante del capital que se destinó a las aportaciones financieras subordinadas, en un producto complejo similar a las AFS, que se denomina obligaciones subordinadas, que sólo se podrá convertir en dinero dentro de 12 años, es decir, en el mejor de los escenarios, la persona que destinó 10.000 euros a las aportaciones de Eroski, recibirá en el año 2028, 5.500 euros.
4.- No se garantiza el capital en el caso de que Eroski entre en concurso de acreedores (como ya sucedió con Fagor Electrodomésticos). Y la incertidumbre sobre el futuro de Eroski es máxima. En la actualidad se encuentra inmersa en un proceso judicial de refinanciación de su deuda (más de 2.500 millones de euros sólo con entidades bancarias), para poder sobrevivir, y la competencia en el sector con la llegada de Mercadona al País Vasco es enorme. Esto hace que la propuesta de devolver el dinero dentro de 12 años, no resulte atractiva, puesto que nada garantiza que Eroski pueda cumplir el compromiso que adquiere mediante el canje que propone a los afectados por la venta masiva de las AFS.
5.- Hace dos semanas saltó a los medios que Eroski ha pedido una prórroga de un mes para cumplir con el acuerdo de refinanciación pactado con sus principales entidades financieras acreedores. Las dificultades actuales para cumplir con sus compromisos no auguran muchas garantías para el cumplimiento de sus obligaciones futuras.
6.- Se reduce el interés o cupón anual que se percibe a casi la mitad, puesto que se calculará sobre el 55% de los ahorros pendientes de pago en el año 2028.

¿El canje es incompatible con la vía judicial?
Totalmente incompatible. Los titulares de AFSE deben saber que ahora mismo sólo existen tres posibilidades: a) Aceptar el canje (con esa quita del 30% y reducción a la mitad de los intereses que se percibirán anualmente; b) Continuar como hasta el momento; c) Acudir a la vía judicial.

¿Cuál es en su opinión la mejor alternativa para un afectado por la deuda perpetua de Eroski?.
Todo depende de la viabilidad del caso. Si se trata de un asunto viable, sin ninguna duda la mejor opción es la vía judicial puesto que es la única que permite la recuperación del 100% de los ahorros. En el supuesto de que no sea recomendable acudir a la vía judicial, las circunstancias personales de cada titular de AFS son las que habrá que tener en cuenta para decantarse por el canje o quedarse con las aportaciones financieras subordinadas. Quien prime hacerse con una cantidad líquida, deberá acogerse al canje, pero quien prefiera percibir una mayor cantidad de intereses, anualmente, deberá quedarse con las AFS. Y ello porque nadie puede garantizar que en el año 2028 Eroski se encuentre en condiciones de cumplir el compromiso que adquiere con las personas que acudan al canje, de devolverles el 55% de su dinero.

¿Existe una fecha límite a partir de la cual los afectados no podrán reclamar la recuperación de sus ahorros?.
Creemos que a partir de mediados de 2016 los tribunales podrían entender caducada la acción para pedir la nulidad de los contratos. Si eso fuera así, la recuperación de los ahorros sólo se podría conseguir por la vía de exigir a la entidad financiera que repare el daño causado al proporcionar una información inveraz, insuficiente y engañosa. Es una alternativa jurídica viable pero mucho menos explorada por los tribunales hasta el momento. Por eso insistimos a las personas que están decididas a recurrir a la vía judicial que lo hagan antes de julio de este año.

¿En qué situación han quedado los titulares de aportaciones financieras subordindas de Fagor?.
Los perjudicados por las preferentes de Fagor está sensiblemente peor que los afectados por las Eroskis puesto que tienen un producto financiero que vale cero. En este caso no existe la posibilidad de canje y la única alternativa de que disponen para recuperar sus ahorros es la vía judicial. En este sentido debemos aclarar que los procedimientos para reclamar las AFSF son similares a los procedimientos de las AFSE y tienen la misma probabilidad de éxito.

¿La devolución de los intereses percibidos por los afectados o los gastos de abogado y procurador restan interés a la vía judicial?.
Nuestra experiencia en los procedimientos que se han resuelto favorablemente, nos dice que la cantidad que perciben los afectados que se deciden a reclamar judicialmente, asciende al 100% de lo que destinaron en su día (las personas que tienen AFS de 2002, un 4% menos del 100%, y los de las emisiones de 2004 y 2007 un 5% más, aproximadamente). Y ello porque el Juez actualiza el importe inicial, aplicándole el interés legal del dinero desde que se metió en las AFS, y le suma las comisiones y gastos abonados, antes de restarle los rendimientos percibidos, lo que hace que el resultado del cálculo arroje un resultado favorable para los afectados, que percibirán, como hemos dicho, el 100% de lo que pusieron en su día.
Respecto a los gastos de abogado y procurador, tras la sentencia de 12 de enero de 2015 los jueces están imponiendo mayoritariamente las costas a las entidades financieras, razón por la cual el coste del procedimiento es cero para los afectados.

¿Qué es www.preferenteseroski.net?
Es un portal jurídico que hemos abierto para dar a conocer a los perjudicados por las aportaciones financieras subordinadas las diferentes alternativas que tienen. A través del mismo podrán dirigir a nuestros profesionales sus consultas y, sin ningún tipo de coste ni compromiso, éstos analizarán su caso concreto, el proceso de comercialización de su producto financiero y le recomendarán la vía más aconsejable para intentar recuperar la mayor parte de su inversión. Nuestra amplia trayectoria profesional en reclamaciones contra las entidades bancarias por la comercialización de cláusulas suelo, SWAPS, preferentes Bankia y otras, valores Santander,…, es la garantía de que recibirán el mejor asesoramiento sobre su problema.

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